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El procedimiento de rectificación de género en Italia

En Italia, la reasignación del sexo y del género registral está permitida por la Ley nº 164 de 14 de abril de 1982: "Normas sobre la rectificación de la atribución del sexo".

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La persona que pretenda cambiar de sexo y género registral, o las personas transgénero en general, podrán solicitar una reunión con una de las estructuras, asociaciones o centros que ofrecen servicios para el proceso de afirmación del género e iniciar un proceso, cuya duración es variable, para reasignar legalmente el sexo y el género registral. Cabe señalar que sólo al final del proceso de afirmación de género será posible solicitar al tribunal competente la autorización para reasignar el género registral y cambiar el nombre. Infotrans.it ofrece una lista de estructuras, presentes en el territorio nacional, capaces de prestar este tipo de servicio en la sección “Mapa de servicios”.

La Ley nº 164/1982 establece que una persona que desee cambiar de sexo pueda presentar una petición -es decir, una solicitud- ante el tribunal de la zona de residencia.

¿A qué tribunal se debe solicitar la rectificación de los documentos registrales si la persona es italiana pero reside en el extranjero? 
Si la persona transgénero es ciudadana italiana pero reside en el extranjero, puede presentar la solicitud al tribunal de su última residencia en Italia.

Ejemplo: Antes de partir y trasladarme a Alemania, vivía y estaba registrado como residente en el distrito judicial del Tribunal de Milán.
En este caso, aunque se haya hecho la transición en el extranjero, la solicitud de rectificación de los documentos personales debe presentarse ante el Tribunal de Milán, que es competente como tribunal de referencia tras la última residencia en Italia. Esto significa que, en principio, según las normas del derecho internacional privado, los derechos fundamentales siguen a la ciudadanía de la persona.

Si la persona transgénero que reside en el extranjero pero tiene la ciudadanía italiana ha realizado todo el proceso de afirmación de género en el extranjero, podrá seguir utilizando la documentación médica obtenida en el extranjero que certifica su proceso. El procedimiento a seguir es traducir la documentación extranjera al italiano y aseverarla (es decir, hacerla sellar por cualquier tribunal italiano o por el consulado italiano competente en el país extranjero de residencia).

Su abogado de confianza se encargará de estos trámites. Lo que es importante saber es que una persona transgénero con ciudadanía italiana que resida en el extranjero tendrá que solicitar la reasignación de género ante un tribunal italiano y que, a efectos de la documentación a presentar, la documentación obtenida en el extranjero también es válida.

¿Cuál es el plazo del Tribunal?

No es posible establecer con certeza cuál es el plazo del tribunal, ya que éste depende en gran medida de cuán grande sea el tribunal, de la carga de trabajo de cada uno de los jueces y de la forma en que se presente la solicitud; en algunos casos, el tribunal puede, por ejemplo, exigir la integración de determinados documentos, lo que puede suponer un ligero aumento del tiempo.

La Ley nº 164/1982 fue modificada por el Decreto Legislativo nº 150/2011. A las causas relacionadas con la reasignación de género se les aplica el procedimiento en materia de personas, familias y menores, y en el juicio participa el Ministerio Público. Si la parte tiene hijos o cónyuge e hijos, el acto que introduce el procedimiento de rectificación de género debe ser notificado al Ministerio Público y al cónyuge e hijos.

Es posible solicitar al Tribunal competente la rectificación del nombre y del género registral. Además, salvo en casos excepcionales, tras la sentencia de modificación de los datos registrales, la persona interesada podrá acceder a las intervenciones quirúrgicas de confirmación de género que desee realizar, sin que sea necesaria, a tal efecto, una autorización expresa por parte del Tribunal.  

La autorización para los tratamientos médico-quirúrgicos solo será necesaria en el caso de que el Juez considere que el proceso de transición ya iniciado por la persona solicitante no es suficiente para obtener la rectificación de los datos registrales.  

La normativa vigente es el resultado de una reciente intervención del Tribunal Constitucional, mediante la cual se ha declarado parcialmente inconstitucional la legislación previamente en vigor en materia de intervenciones quirúrgicas.  

De hecho, con la sentencia n.º 143/2024, el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 31, apartado 4, del Decreto Legislativo 150/2011 en la parte en que exige la autorización del tribunal para el tratamiento médico-quirúrgico incluso cuando las modificaciones de los caracteres sexuales ya efectuadas sean consideradas por el mismo tribunal como suficientes para la aprobación de la solicitud de rectificación de la atribución de sexo.  

Se precisa que, en ningún caso, la previa realización de una o más intervenciones quirúrgicas podrá considerarse como un requisito para la rectificación de los datos registrales. Esto se debe a dos importantes sentencias del Tribunal Supremo (15138/2015) y del Tribunal Constitucional (221/2015), que han establecido que para la reasignación del nombre y del género registral no es necesario someterse a una cirugía de confirmación de género.

El Tribunal no exige una lista expresa de documentos; lo que sí debe probarse, adjuntando documentación específica, es la disforia de género de la persona, así como la identificación irreversible con el género percibido y la eventual transformación corporal. Por lo tanto, no es posible determinar con precisión qué documentación se requiere, ya que la lista de documentos a adjuntar puede variar según el Tribunal y el proceso seguido.

Lo que sí puede decirse con certeza es que la solicitud debe ir acompañada de documentación psicodiagnóstica y médica que acredite el proceso de afirmación de género, la voluntad irreversible de rectificar el propio género, la identificación definitiva e irreversible con el género vivido y percibido como propio y, eventualmente, la voluntad de someterse a una cirugía de reasignación de género.

Es práctica habitual adjuntar también el acta de nacimiento que se pretende modificar, así como la documentación que acredite la eventual admisión al beneficio de asistencia jurídica gratuita a cargo del Estado. No es obligatorio que la documentación médica provenga de un establecimiento de salud pública; sin embargo, hay que señalar que muchos tribunales piden que la documentación provenga de establecimientos médicos competentes que sean terceros.

Los plazos necesarios para los procedimientos judiciales varían en función de muchos factores: el tamaño del tribunal, la carga de trabajo del juez que lleva el caso, la exhaustividad de los documentos adjuntos, la eventual designación de un perito de oficio o CTU en italiano (Consulente Tecnico di Ufficio) (véase la sección específica).

En la audiencia de comparecencia (la primera) el juez puede considerar útil escuchar directamente a la persona haciéndole preguntas relacionadas, por ejemplo: al proceso de afirmación de género, los eventuales obstáculos encontrados, la relación con la familia y el mundo exterior, y las experiencias de vida en el rol de género congruente con la propia identidad de género. El procedimiento puede requerir una o varias audiencias y también la designación de un CTU.

El nombramiento de un CTU depende de la voluntad del Juez, por ejemplo para confirmar o profundizar en la documentación aportada por la persona, o de la necesidad de ayuda que pueda tener el Juez para la lectura de la documentación adjunta. En todo caso, dado que implica un aumento de tiempo y de costos, conviene recordar que la designación de un CTU es sólo una eventualidad, y normalmente también una excepción, y que, en virtud del artículo 61 del Código de Procedimiento Civil, el perito de oficio designado debe ser una persona con “experiencia demostrada” en la materia.

El procedimiento judicial puede concluir con:  

  1. Sentencia que dispone la rectificación del género y del nombre registral. Como resultado de dicha sentencia, la persona interesada podrá, si lo desea, someterse libremente a una o más intervenciones quirúrgicas de confirmación de género. No será necesaria una autorización expresa del Tribunal para ello.  
  2. Sentencia de autorización para la intervención quirúrgica (si es solicitada). Esta posibilidad, tras la sentencia n. 143/2024 del Tribunal Constitucional, solo podría darse en el caso de que el Tribunal considere que el proceso de afirmación seguido por la persona solicitante es insuficiente para la rectificación registral.

La sentencia debe tener carácter de cosa juzgada -es decir que no puede ser impugnable por ninguna de las partes en causa- antes de ser efectiva.

La cosa juzgada se produce de dos maneras:

  1. de forma automática, en seis meses, si ninguna de las partes del procedimiento impugna la sentencia 
  2. después de 30 días desde la notificación de la sentencia a todas las demás partes del juicio, si ninguna de las partes del proceso impugna la sentencia dentro de dicho plazo.

La sentencia definitiva será remitida por el tribunal a la Oficina del Estado Civil del municipio de nacimiento de la persona y, sólo después, ésta podrá solicitar a su municipio de residencia la expedición de un nuevo documento de identidad. Hay que tener en cuenta que sólo el tribunal puede remitir la sentencia al Oficial del Estado Civil del municipio de nacimiento de la persona interesada.
Además, como resultado de la sentencia de rectificación registral, si la persona interesada desea someterse a intervenciones quirúrgicas, podrá dirigirse al centro hospitalario de su elección y ser incluida en la lista de espera para dichos procedimientos. En la sección “Mapa de servicios” Infotrans.it ofrece un elenco de estructuras, presentes en todo el país, que pueden prestar este tipo de servicio.Recordamos que, al término del juicio, la *Agenzia delle Entrate* podrá requerir el pago del *impuesto de registro de la sentencia*. Dicho impuesto es obligatorio y se aplica a la inscripción de cualquier acto del Estado. Sin embargo, si la persona beneficiara de la asistencia jurídica gratuita a cargo del Estado, esta tasa no será exigida.

Los dictámenes periciales son ordenados por el juez en un proceso judicial siempre que éste requiera la adquisición de información o profundización que considere necesarias para decidir sobre un caso.
Los motivos que llevan al juez a designar un CTU en los procesos de reasignación de sexo y género registral pueden ser debidos a:

  1. la práctica adoptada por un determinado tribunal
  2. la necesidad, por parte del Juez encargado, de contar con la ayuda de un médico, o en todo caso de un experto, para leer y comprender la documentación adjuntada por la persona solicitante
  3. el carácter incompleto de la documentación presentada (por esta razón, es muy importante controlar, antes de la introducción del caso, cuáles son los documentos y/o certificados solicitados por el tribunal territorial competente).

En cualquier caso, el CTU designado debe ser una persona con experiencia demostrada en la materia (identidad de género) y no podrá realizar ninguna inspección corporal de la persona. Los gastos derivados del nombramiento del CTU correrán a cargo de la persona, salvo que haya sido admitida al patrocinio a cargo del Estado.

La asistencia jurídica gratuita es el reconocimiento de la ayuda legal gratuita, a cargo del Estado, para las personas que deseen iniciar un procedimiento judicial o que tengan que defenderse ante un juez y cuyos ingresos anuales no superen un determinado umbral. 

Básicamente, en caso de admisión a la asistencia jurídica a cargo del Estado, los gastos relativos al abogado elegido (que debe estar inscrito en las listas especiales de abogados que prestan asistencia jurídica gratuita) correrán a cargo del Estado. No habrá que pagar tasas judiciales (como la contribución unificada o las tasas de registro de la sentencia).

Para solicitar la asistencia jurídica gratuita, es necesario que los ingresos personales (no se suman los ingresos de los convivientes y/o familiares en los casos de reasignación de género) no superen el umbral de 12.838,01 euros brutos (en la fecha de publicación de este documento).

Para determinar si se puede acceder a este derecho, se debe verificar el umbral de ingresos de la última declaración de la renta, sumando otros ingresos no incluidos en ella. Si no se tienen ingresos o no se ha presentado la declaración en el último año, se debe completar una declaración sustitutiva proporcionada por la oficina competente, en la que se certifique el ingreso personal.

Los requisitos para beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita deben mantenerse durante toda la duración del procedimiento judicial, por lo que, por ejemplo, si durante el procedimiento encuentra un trabajo o, en términos más generales, si sus ingresos aumentan por encima del umbral, debe notificarlo inmediatamente a su abogado. En caso de pérdida de la asistencia jurídica gratuita, la parte deberá pagar todos los costos del procedimiento.

Todos los ciudadanos italianos y todos los extranjeros o apátridas que residan legalmente en Italia pueden beneficiar de la asistencia jurídica gratuita.

Desde hace años, los tribunales consideran la Ley nº 164/82 aplicable a las personas trangénero extranjeras que residan legalmente en Italia.

A la persona extranjera presente en el territorio del Estado italiano se le deben reconocer los derechos fundamentales de la persona humana previstos por las normas de derecho interno, los tratados internacionales en vigor y los principios de derecho internacional generalmente reconocidos (Art. 2, apartado 1 del Decreto Legislativo n° 286 de 25 de julio de 1998 “Texto refundido de las disposiciones que rigen la inmigración y normas sobre la condición de los extranjeros”).

Por lo tanto, una persona en transición con un permiso de residencia regular y residente en Italia puede solicitar autorización para someterse a una cirugía de reasignación de sexo y a la rectificación del nombre y el género registral en Italia. Obviamente, también puede beneficiarse de la cirugía de reasignación de sexo a cargo del Servicio Nacional de Salud. Además, una vez obtenida la sentencia de reasignación de género, surgirá la cuestión relativa a qué acta deberá modificar el Registro Civil, dado que la partida de nacimiento de la persona se encuentra en otro país. En estos casos, es aconsejable solicitar la ayuda de un abogado o de una asociación especializada.

Cabe señalar que, en presencia de una sentencia de reasignación de género registral, si el país de origen de la persona transgénero no reconoce la posibilidad de rectificar el género registral, es imposible adaptar el pasaporte extranjero a la sentencia del juez italiano. En este caso, los municipios italianos proceden a rectificar únicamente la tarjeta registral de los ciudadanos extranjeros, lo que permite actualizar el documento de identidad italiano con el nombre y el género registral. Básicamente, si es cierto que el Estado italiano no puede modificar los documentos expedidos por otro Estado extranjero (como el pasaporte de un Estado extranjero), es igualmente cierto que puede modificar los documentos que el Estado mismo otorga (documento de identidad y número de identificación fiscal), permitiendo así a la persona extranjera que reside legalmente en Italia tener un documento italiano correspondiente a su identidad de género.

Permiso de residencia en el caso de una persona transgénero

Es importante recordar que la protección humanitaria se concede en caso de “actos de persecución”, es decir, debe darse la condición de “grave violación de los derechos humanos fundamentales que tendría lugar en el país de origen” y, por tanto, en caso de repatriación. La ley “prohíbe la expulsión o devolución a un Estado en el que el extranjero pueda ser objeto de persecución, también por motivos de orientación sexual o identidad de género”. La “persecución” se define como “una forma de lucha radical contra una minoría que puede llevarse a cabo hasta en el plano jurídico y, concretamente, estableciendo la simple predicción del comportamiento que se pretende combatir como un delito castigado con la cárcel”. Esta situación se produce cuando las personas con orientación homosexual o las personas transgénero se ven obligadas a violar la legislación penal de su país y a exponerse a graves sanciones para poder vivir libremente su orientación sexual y/o su identidad de género.

También cabe mencionar una reciente decisión del Tribunal de Roma que, basándose en varios informes e información sobre el país de origen, reconoció el estatus de refugiado a una persona solicitante de asilo transgénero de Perú. En particular, los jueces consideraron que “el cúmulo de discriminaciones sufridas por la demandante a lo largo de su vida —desde sus años escolares hasta su primer periodo de residencia en Italia—, ampliamente confirmado por las fuentes consultadas, ha alcanzado el nivel de persecución”. A este respecto, cabe señalar que el vínculo que existe entre las diversas formas de discriminación y el género de la persona solicitante, que forma parte de un grupo social específico de la comunidad LGBTI, en virtud del artículo 1A (2) de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, justifica el reconocimiento de este tipo de protección internacional”. En apoyo de este razonamiento jurídico, la decisión cita explícitamente las Directrices del ACNUR sobre Protección Internacional nº 9.

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